martes, 5 de marzo de 2024

Situación de las cooperativas y los micro seguros en el Perú

En el Perú, tanto las cooperativas como los microseguros desempeñan un papel crucial en la inclusión financiera y la protección social. Permíteme proporcionarte un resumen sobre cada uno:

1. Cooperativas:
2. Microseguros:
En resumen, tanto las cooperativas como los microseguros desempeñan un papel vital en la economía peruana al proporcionar acceso a servicios financieros y protección a diferentes segmentos de la población. 🌟💼🔍

miércoles, 1 de noviembre de 2023

¿Pierdo mi aporte social al salir de la cooperativa? Cinco preguntas clave

Mucho más que meras empresas, las cooperativas se basan en la economía comunitaria, al buscar no sólo la rentabilidad, sino también la prosperidad y el bienestar de sus asociados. Carlos Acero Sánchez, presidente de Confecoop; Marelvi Bernal, superintendenta delegada para la Supervisión de la Actividad Financiera en el Cooperativismo; y Francisco Estévez, gerente técnico en Fecolfin, nos dan respuesta a las cinco preguntas más frecuentes sobre el aporte social.

1. ¿Qué es el aporte social en las cooperativas?

De acuerdo con Carlos Acero Sánchez, presidente de Confecoop, es la forma en que una persona se vincula a la cooperativa:#“Un aporte económico que, de acuerdo con el estatuto de cada cooperativa, puede ser periódico, mensual o una sola vez durante la vida de la cooperativa, dependiendo de la modalidad”. Es importante destacar que “no es un ahorro, sino un capital de riesgo”, y la suma de los aportes de todos los asociados constituye el capital social y patrimonial de la cooperativa. El aporte puede revalorizarse anualmente hasta el IPC, lo que garantiza que su valor no se devalúe. Además, puede ser en dinero, especie o trabajo, para el caso de las cooperativas de trabajo asociado.

2. ¿Cuál es el mínimo del aporte social?

Francisco Estévez, gerente técnico en Fecolfin, explica que este varía según las regulaciones de cada país y la política interna de la cooperativa. Acero Sánchez complementa que también cambia según el enfoque:“No existe un monto fijo para el aporte social; depende de la cooperativa y de su actividad. Una cooperativa de farmacias puede tener requisitos diferentes a una cooperativa de productores de frutas”. A su vez, la superintendenta delegada para la Supervisión de la Actividad Financiera en el Cooperativismo, Marelvi Bernal, aclara que para las cooperativas de ahorro y crédito el mínimo sí está establecido por la ley, pues deben tenerlo para poder operar.

3. ¿Cómo beneficia a los asociados?

El aporte social permite beneficiarse con servicios, productos y créditos que ofrece la cooperativa en condiciones más favorables. “Los asociados pueden aprovechar convenios que la cooperativa tiene con diferentes comercios y servicios” explica Acero Sánchez. Además, pueden acceder a programas de capacitación, bienestar, y recreación con auxilios. En el caso de las cooperativas de ahorro y crédito, Acero destaca que “históricamente estas ofrecen tasas de interés más atractivas tanto para los ahorros como para los préstamos”. Otro beneficio, según Francisco Estévez, es participar en el gobierno de la entidad; es decir, elegir y ser elegido para cargos dentro de la cooperativa.

4. ¿Me devuelven mi aporte social si decido retirarme?

Según Acero Sánchez, el aporte se devuelve tras tener en cuenta las deudas pendientes: “Primero se realiza un cruce entre las deudas que tenga y el monto acumulado de su aporte. Si las deudas superan el aporte acumulado, el asociado deberá saldar esas deudas”. Si son menores, recibirá el aporte acumulado. Así, si un asociado ha aportado durante varios años, el monto que se le devuelve reflejará sus ahorros acumulados. Acero destaca que esta es una ventaja, ya que, además de recuperar los aportes, el asociado ha tenido acceso a los servicios y beneficios ofrecidos. Bernal, por su parte, indica que se devuelven siempre y cuando la cooperativa no esté en niveles mínimos para operar o esté dando pérdidas, esto al ser un capital de riesgo.

5. ¿Cómo participo de los excedentes de la cooperativa?

Este es uno de los aspectos más atractivos para los asociados. Carlos Acero Sánchez nos explica que la cantidad que se recibe generalmente está relacionada con la actividad y el tiempo de membresía: “Cuando la cooperativa obtiene beneficios, una parte de esos excedentes se distribuye entre sus miembros. Esto significa que, como asociado, tendrás la oportunidad de recibir una parte de las ganancias de la cooperativa en función de tu contribución, incluyendo tu aporte social”. Además, Marelvi Bernal explica que un aporte mayor tendrá una mayor revalorización, y que al generar esos excedentes se deben entregar a través de los fondos sociales en educación, solidaridad, recreación, bienestar, etc.

Fuente: https://www.elcolombiano.com/tendencias/pierdo-mi-aporte-social-al-salir-de-la-cooperativa-cinco-preguntas-clave-AD23025894

martes, 5 de abril de 2022

SBS CONVOCA A SOCIOS HABILES DE COOPERATIVA FORTALEZA A ASAMBLEA DE INTERVENCION

 
En cumplimiento a las normas del sistema financiero, la Superintendencia de Banca y Seguros, intervino el jueves 31 de marzo, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Fortaleza de Ayacucho, entidad que desde hace meses no recaudaba ni devolvía el dinero de los ahorristas.La SBS está convocando a los socio hábiles de dicha cooperativa, a una Asamblea de Intervención a realizarse el día miércoles 6 de abril del 2022 a horas 4.00 p.m en primera convocatoria. Para participar deben los socios acreditar su habitabilidad y para ello tendrán que presentar una solicitud que adjunte la documentación que acredite dicha condición, puede ser una copia simple de certificado de aportaciones vigente; copia simple de constancia de pago de aportación mensual correspondiente al último pago. realizado.

miércoles, 1 de diciembre de 2021

PERU: SBS interviene 9 cooperativas de ahorro y crédito por pérdida de su capital social

La Superintendencia de Banca y Seguros declaró hoy al sometimiento a Régimen de Intervención a nueve cooperativas de Ahorro y Crédito del país por encontrarse incursa en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa establecidas en la Ley General y la Ley COOPAC.

Las cooperativas intervenidas son:
  1. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Credicoop Arequipa
  2. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Integra Asociados Ltda
  3. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Grupo Prada Limitada
  4. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Credisicuani Limitada
  5. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Crediperubank Limitada
  6. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Inkacoop Ltda
  7. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Finanzas Solidarias para la Exportación Santa Asunción Ltda
  8. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Grupo Integra Limitada
  9. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Parroquia San Lorenzo Trujillo Ltda. 104
Pérdidas del capital social

En el caso de la Coopac Credicoop Arequipa la intervención fue al haber reportado al 30.06.2021, un patrimonio negativo del orden de S/ 199,394,355.54, como resultado de los ajustes requeridos mediante los informes de visitas de inspección y las pérdidas del ejercicio, mostrando de esta forma la pérdida total de capital social y de la reserva cooperativa.

En el caso de la Coopac Integra Asociados Ltda reportó al 30.09.2021, un patrimonio negativo ascendente a –S/ 112 468.16, mostrando, de tal forma, la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.

Por su parte, en la Coopac Grupo Prada Limitada se determinó, sobre la base de la información financiera reportada por la Cooperativa y las acciones de supervisión permanente de la SBS, al 30.09.2021, un patrimonio negativo ascendente a – S/ 1 702 167.00, mostrando, de tal forma, la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.

En la Coopac Credisicuani Limitada se determinó al 30.09.2021 un patrimonio negativo ascendente a – S/ 543 175.38; mostrando, de tal forma, la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.

En Crediperubank Limitada se determinó al 30.09.2021, un patrimonio negativo ascendente a – S/ 4 899 503.36; mostrando, de tal forma, la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.

En Inkacoop Ltda se determinó al 30.09.2021, un patrimonio negativo ascendente a S/ 8 967 005.46, mostrando, de tal forma, la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.

En la Coopac Finanzas Solidarias para la Exportación Santa Asunción Ltda se reportó al 30.09.2021, un patrimonio negativo ascendente a –S/ 720 111.45, mostrando, de tal forma, la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.

En la Coopac Grupo Integra Limitada se reportó al 30.09.2021, un patrimonio negativo ascendente a -S/ 81 118.13; mostrando, de tal forma, la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.

Finalmente en la Coopac Parroquia San Lorenzo Trujillo Ltda se reportó, al 30.06.2021, un patrimonio negativo en el orden de S/ -29,728,962.82, como resultado de los ajustes producto de la Inspección realizada por la SBS, mostrando de tal forma la pérdida total de capital social y de la reserva cooperativa.

PERU: En La Libertad SBS interviene Cooperativa de Ahorro y Crédito Parroquia San Lorenzo

En cumplimiento de la Ley N° 30822, que otorga a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) el mandato de supervisar a las cooperativas de ahorro y crédito, se ha intervenido el martes 30 de noviembre a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Parroquia San Lorenzo Trujillo LTDA N° 104, (Coopac en Intervención) de nivel 2, por encontrarse incursa en causal de intervención de pérdida total de capital social y reserva cooperativa. La pérdida asciende a más de 29 millones de soles.

La intervención implica entre otras consecuencias la suspensión de operaciones de la Coopac en Intervención, así como la aplicación de una serie de prohibiciones a fin de proteger sus activos, tales como iniciarles procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo, y/o constituir medidas cautelares contra sus bienes.

La SBS ha designado a sus representantes y les ha otorgado los poderes para llevar a cabo el proceso de intervención.

Conforme a lo establecido en la Ley, los representantes convocarán a una Asamblea General que tiene, por única finalidad, informar a los socios sobre la declaración de intervención, sus efectos y el plazo máximo legal para levantar dicha causal, a satisfacción de la SBS.