martes, 5 de marzo de 2024

Situación de las cooperativas y los micro seguros en el Perú

En el Perú, tanto las cooperativas como los microseguros desempeñan un papel crucial en la inclusión financiera y la protección social. Permíteme proporcionarte un resumen sobre cada uno:

1. Cooperativas:
2. Microseguros:
En resumen, tanto las cooperativas como los microseguros desempeñan un papel vital en la economía peruana al proporcionar acceso a servicios financieros y protección a diferentes segmentos de la población. 🌟💼🔍

miércoles, 1 de noviembre de 2023

¿Pierdo mi aporte social al salir de la cooperativa? Cinco preguntas clave

Mucho más que meras empresas, las cooperativas se basan en la economía comunitaria, al buscar no sólo la rentabilidad, sino también la prosperidad y el bienestar de sus asociados. Carlos Acero Sánchez, presidente de Confecoop; Marelvi Bernal, superintendenta delegada para la Supervisión de la Actividad Financiera en el Cooperativismo; y Francisco Estévez, gerente técnico en Fecolfin, nos dan respuesta a las cinco preguntas más frecuentes sobre el aporte social.

1. ¿Qué es el aporte social en las cooperativas?

De acuerdo con Carlos Acero Sánchez, presidente de Confecoop, es la forma en que una persona se vincula a la cooperativa:#“Un aporte económico que, de acuerdo con el estatuto de cada cooperativa, puede ser periódico, mensual o una sola vez durante la vida de la cooperativa, dependiendo de la modalidad”. Es importante destacar que “no es un ahorro, sino un capital de riesgo”, y la suma de los aportes de todos los asociados constituye el capital social y patrimonial de la cooperativa. El aporte puede revalorizarse anualmente hasta el IPC, lo que garantiza que su valor no se devalúe. Además, puede ser en dinero, especie o trabajo, para el caso de las cooperativas de trabajo asociado.

2. ¿Cuál es el mínimo del aporte social?

Francisco Estévez, gerente técnico en Fecolfin, explica que este varía según las regulaciones de cada país y la política interna de la cooperativa. Acero Sánchez complementa que también cambia según el enfoque:“No existe un monto fijo para el aporte social; depende de la cooperativa y de su actividad. Una cooperativa de farmacias puede tener requisitos diferentes a una cooperativa de productores de frutas”. A su vez, la superintendenta delegada para la Supervisión de la Actividad Financiera en el Cooperativismo, Marelvi Bernal, aclara que para las cooperativas de ahorro y crédito el mínimo sí está establecido por la ley, pues deben tenerlo para poder operar.

3. ¿Cómo beneficia a los asociados?

El aporte social permite beneficiarse con servicios, productos y créditos que ofrece la cooperativa en condiciones más favorables. “Los asociados pueden aprovechar convenios que la cooperativa tiene con diferentes comercios y servicios” explica Acero Sánchez. Además, pueden acceder a programas de capacitación, bienestar, y recreación con auxilios. En el caso de las cooperativas de ahorro y crédito, Acero destaca que “históricamente estas ofrecen tasas de interés más atractivas tanto para los ahorros como para los préstamos”. Otro beneficio, según Francisco Estévez, es participar en el gobierno de la entidad; es decir, elegir y ser elegido para cargos dentro de la cooperativa.

4. ¿Me devuelven mi aporte social si decido retirarme?

Según Acero Sánchez, el aporte se devuelve tras tener en cuenta las deudas pendientes: “Primero se realiza un cruce entre las deudas que tenga y el monto acumulado de su aporte. Si las deudas superan el aporte acumulado, el asociado deberá saldar esas deudas”. Si son menores, recibirá el aporte acumulado. Así, si un asociado ha aportado durante varios años, el monto que se le devuelve reflejará sus ahorros acumulados. Acero destaca que esta es una ventaja, ya que, además de recuperar los aportes, el asociado ha tenido acceso a los servicios y beneficios ofrecidos. Bernal, por su parte, indica que se devuelven siempre y cuando la cooperativa no esté en niveles mínimos para operar o esté dando pérdidas, esto al ser un capital de riesgo.

5. ¿Cómo participo de los excedentes de la cooperativa?

Este es uno de los aspectos más atractivos para los asociados. Carlos Acero Sánchez nos explica que la cantidad que se recibe generalmente está relacionada con la actividad y el tiempo de membresía: “Cuando la cooperativa obtiene beneficios, una parte de esos excedentes se distribuye entre sus miembros. Esto significa que, como asociado, tendrás la oportunidad de recibir una parte de las ganancias de la cooperativa en función de tu contribución, incluyendo tu aporte social”. Además, Marelvi Bernal explica que un aporte mayor tendrá una mayor revalorización, y que al generar esos excedentes se deben entregar a través de los fondos sociales en educación, solidaridad, recreación, bienestar, etc.

Fuente: https://www.elcolombiano.com/tendencias/pierdo-mi-aporte-social-al-salir-de-la-cooperativa-cinco-preguntas-clave-AD23025894

martes, 5 de abril de 2022

SBS CONVOCA A SOCIOS HABILES DE COOPERATIVA FORTALEZA A ASAMBLEA DE INTERVENCION

 
En cumplimiento a las normas del sistema financiero, la Superintendencia de Banca y Seguros, intervino el jueves 31 de marzo, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Fortaleza de Ayacucho, entidad que desde hace meses no recaudaba ni devolvía el dinero de los ahorristas.La SBS está convocando a los socio hábiles de dicha cooperativa, a una Asamblea de Intervención a realizarse el día miércoles 6 de abril del 2022 a horas 4.00 p.m en primera convocatoria. Para participar deben los socios acreditar su habitabilidad y para ello tendrán que presentar una solicitud que adjunte la documentación que acredite dicha condición, puede ser una copia simple de certificado de aportaciones vigente; copia simple de constancia de pago de aportación mensual correspondiente al último pago. realizado.

miércoles, 1 de diciembre de 2021

PERU: SBS interviene 9 cooperativas de ahorro y crédito por pérdida de su capital social

La Superintendencia de Banca y Seguros declaró hoy al sometimiento a Régimen de Intervención a nueve cooperativas de Ahorro y Crédito del país por encontrarse incursa en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa establecidas en la Ley General y la Ley COOPAC.

Las cooperativas intervenidas son:
  1. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Credicoop Arequipa
  2. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Integra Asociados Ltda
  3. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Grupo Prada Limitada
  4. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Credisicuani Limitada
  5. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Crediperubank Limitada
  6. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Inkacoop Ltda
  7. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Finanzas Solidarias para la Exportación Santa Asunción Ltda
  8. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Grupo Integra Limitada
  9. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Parroquia San Lorenzo Trujillo Ltda. 104
Pérdidas del capital social

En el caso de la Coopac Credicoop Arequipa la intervención fue al haber reportado al 30.06.2021, un patrimonio negativo del orden de S/ 199,394,355.54, como resultado de los ajustes requeridos mediante los informes de visitas de inspección y las pérdidas del ejercicio, mostrando de esta forma la pérdida total de capital social y de la reserva cooperativa.

En el caso de la Coopac Integra Asociados Ltda reportó al 30.09.2021, un patrimonio negativo ascendente a –S/ 112 468.16, mostrando, de tal forma, la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.

Por su parte, en la Coopac Grupo Prada Limitada se determinó, sobre la base de la información financiera reportada por la Cooperativa y las acciones de supervisión permanente de la SBS, al 30.09.2021, un patrimonio negativo ascendente a – S/ 1 702 167.00, mostrando, de tal forma, la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.

En la Coopac Credisicuani Limitada se determinó al 30.09.2021 un patrimonio negativo ascendente a – S/ 543 175.38; mostrando, de tal forma, la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.

En Crediperubank Limitada se determinó al 30.09.2021, un patrimonio negativo ascendente a – S/ 4 899 503.36; mostrando, de tal forma, la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.

En Inkacoop Ltda se determinó al 30.09.2021, un patrimonio negativo ascendente a S/ 8 967 005.46, mostrando, de tal forma, la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.

En la Coopac Finanzas Solidarias para la Exportación Santa Asunción Ltda se reportó al 30.09.2021, un patrimonio negativo ascendente a –S/ 720 111.45, mostrando, de tal forma, la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.

En la Coopac Grupo Integra Limitada se reportó al 30.09.2021, un patrimonio negativo ascendente a -S/ 81 118.13; mostrando, de tal forma, la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.

Finalmente en la Coopac Parroquia San Lorenzo Trujillo Ltda se reportó, al 30.06.2021, un patrimonio negativo en el orden de S/ -29,728,962.82, como resultado de los ajustes producto de la Inspección realizada por la SBS, mostrando de tal forma la pérdida total de capital social y de la reserva cooperativa.

PERU: En La Libertad SBS interviene Cooperativa de Ahorro y Crédito Parroquia San Lorenzo

En cumplimiento de la Ley N° 30822, que otorga a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) el mandato de supervisar a las cooperativas de ahorro y crédito, se ha intervenido el martes 30 de noviembre a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Parroquia San Lorenzo Trujillo LTDA N° 104, (Coopac en Intervención) de nivel 2, por encontrarse incursa en causal de intervención de pérdida total de capital social y reserva cooperativa. La pérdida asciende a más de 29 millones de soles.

La intervención implica entre otras consecuencias la suspensión de operaciones de la Coopac en Intervención, así como la aplicación de una serie de prohibiciones a fin de proteger sus activos, tales como iniciarles procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo, y/o constituir medidas cautelares contra sus bienes.

La SBS ha designado a sus representantes y les ha otorgado los poderes para llevar a cabo el proceso de intervención.

Conforme a lo establecido en la Ley, los representantes convocarán a una Asamblea General que tiene, por única finalidad, informar a los socios sobre la declaración de intervención, sus efectos y el plazo máximo legal para levantar dicha causal, a satisfacción de la SBS.

PERU: SBS interviene y suspende atención en sedes de Credicoop Arequipa a nivel nacional

Para sorpresa de centenares de clientes de la Cooperativa de Ahorro y Crédito-Credicoop Arequipa, las agencias a nivel nacional fueron intervenidas este martes 30 de noviembre por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS).

La razón es la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa, según se precisa en la Resolución SBS n.° 03904-2021. Esto implica la suspensión de operaciones de la entidad financiera. A junio de 2021, la pérdida ascendía a más de S/ 262 millones.

Esta pérdida de capital se produjo por operaciones anteriores al estado de emergencia por la pandemia de la COVID-19. La mayoría tiene presuntamente un carácter irregular en agravio de la entidad, sus socios y el sistema Coopac.

viernes, 27 de agosto de 2021

SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito AELU

 

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito AELU (AELUCOOP), debido a que se encuentra incursa en la causal de pérdida total del capital social de la reserva correspondiente. La medida fue dispuesta por la Resolución SBS 2943-2021, en el marco de la Ley 30822, que modificó la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS, respecto a la regulación y supervisión de las cooperativas de ahorro y crédito.

De acuerdo con lo comunicado por el organismo autónomo, durante el régimen de intervención a la cooperativa, como resultado de la verificación de la información disponible, se determinó una pérdida superior a 401 millones de soles, lo cual ratifica la pérdida total del capital y la reserva cooperativa. En tal sentido, como efecto de «la labor de supervisión realizada a AELUCOOP, la SBS cuenta con la información necesaria para proceder con la disolución y liquidación de la cooperativa».

Asimismo, quedó prohibido iniciar contra la cooperativa procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo, perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas, constituir gravámenes sobre alguno de los bienes de la cooperativa, entre más. La resolución faculta a los funcionarios de la SBS, Hugo Barba Walters y Andrea Santos Ramírez, para que realicen los actos necesarios de ley y lleven adelante el proceso de liquidación, así como su posterior transferencia a la persona jurídica liquidadora.

sábado, 26 de diciembre de 2020

PERÚ: Congreso incluyó en la legislatura ampliada el proyecto de ley que impone topes a las tasas de interés que afectaría a las COOPACs

La Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito (Fenacrep) enumeró los cinco efectos que tendrá -de darse luz verde en el Congreso- al dictamen de la Comisión de Defensa del Consumidor, que propone fijar topes a la tasa de interés hasta el límite que establezca el Banco Central de Reserva.

1. De aprobarse el referido dictamen, las cooperativas de ahorro y crédito que solo operan con sus socios y que no están autorizadas a captar recursos del público u operar con terceros (COOPAC) van a verse afectadas en su operatividad, al no poder fijar sus tasas hasta cubrir sus costos operativos, sino, hasta el límite que establezca el BCRP. Recordó que las COOPAC fijan sus tasas en las mismas condiciones que lo realizan las empresas del sistema financiero.

2. Las cooperativas de ahorro y crédito no operan con clientes, solo con sus socios (propietarios), quienes mediante la ayuda mutua hacen uso de los servicios financieros y administran la COOPAC, fijándose entre ellos las condiciones y los costos que deben asumir por la utilización de los servicios. 

3. Los resultados positivos anuales (remanentes) que tienen las COOPAC, producto de la diferencia de la tasa de interés cobrada por los créditos y los gastos incurridos, son puestas a disposición de sus socios, quienes en Asamblea General determinan su distribución, para ser devuelto o capitalizados, para la reserva cooperativa, a un fondo de previsión social o para educación cooperativa. Ello está en riesgo.

4. Las COOPAC operan en zonas alejadas donde, en muchos casos, no hay presencia de empresas del sistema financiero, y lo hacen con poca tecnología, con altos riesgos, asumiendo además los costos de la regulación, al igual que las empresas del sistema financiero, lo cual necesariamente tiene que ser asumido por el socio mediante la tasa de interés que se cobra por los créditos que recibe. Con lo que, de aprobarse esta medida, se afectará seriamente la inclusión financiera que realizan.

5. Las COOPAC cuentan con más de 1.9 millones de socios cooperativistas, quienes, mediante el principio de la ayuda mutua, acceden a diversos servicios financieros, a pesar del trato discriminatorio del Poder Ejecutivo, habiéndolas excluido del Programa de Garantías del Gobierno Nacional “Reactiva Perú”, así como haber marginado a los socios de las COOPAC para acceder al Programa de Garantías COViD-19, no pudiendo beneficiarse con una mejora en la tasa por sus créditos, como si lo han podido hacer los clientes de las empresas del sistema financiero.

Ante ello, la Federación pidió al parlamento que el dictamen aprobado Comisión de Defensa del Consumidor, sea derivado a la Comisión de Economía, para que en esa instancia pueda ser analizado y se evalúen las implicancias que este pueda tener, en especial con el sector de las microfinanzas.

lunes, 26 de octubre de 2020

PERÚ: Las operaciones de las Coopac debe continuar: ¡SBS, mándame un salvavidas!

Por: Johana Benites Iriarte

La pandemia actual puso al descubierto que muchas empresas no estaban preparadas para mantener la actividad de sus negocios, pues en muchos casos no contaban con las herramientas adecuadas para trabajar de forma remota, lo que implicó que tuvieran que afrontar no sólo riesgos a nivel económico, sino también operativos. En otros casos, algunas más afortunadas, lograron mantenerse a flote, teniendo solo breves lapsos de interrupción de su actividad, mientras sus empresas lograban adaptarse a la nueva realidad.
Aquellas que lograron mantenerse a flote, fue porque contaban con políticas y planes de continuidad del negocio, con lo cual aminoraron los impactos económicos de la cuarentena que obligatoriamente el Gobierno tuvo que imponer. Cabe precisar que el sistema de gestión de la continuidad del negocio es un componente esencial de la gestión integral de riesgos que busca asegurar la capacidad de la empresa para continuar operando ante una causa de interrupción, como una pandemia, terremoto, entre otros.

En el caso de empresas que brindan servicios esenciales, como los bancos o cooperativas, resulta muy importante que estas cuenten con políticas para la gestión de la continuidad del negocio, sepan aplicarlas y, que las mismas, sean útiles.

Al analizar el caso particular de las Coopac, debemos señalar que éstas no se encuentran obligadas a contar con dichas políticas, lo que conllevó a que se vieran obligadas a nadar contra la corriente para sobrevivir. Ante esa realidad es momento que la SBS apruebe una normativa que obligue y fomente a las Coopac a contar con las mismas, teniendo en cuenta que la implementación de dichas políticas no sólo protege a sus socios, sino que también se convierten en un verdadero salvavidas.

El reto para la SBS va a ser que la exigencia normativa se adapte a la modalidad de persona jurídica que se trata, sea proporcional al tamaño, naturaleza de las Coopac y la complejidad de sus operaciones; de lo contrario, en vez de ser un salvavidas será un ancla.

jueves, 24 de septiembre de 2020

ARGENTINA: Economía creativa - Yo me quedo en el campo - Iniciativas contra el éxodo rural en Misiones

Nada mejor que ser el artífice de su propio destino. Para convencer a la nueva generación de que quedarse en el campo y trabajar la tierra es una opción posible, un grupo de jóvenes del norte argentino puso en marcha un ambicioso proyecto cooperativo.

Misiones, al norte de argentina, la provincia de la tierra fértil colorada, destino de migrantes europeos en el siglo 19 y sede de una de las 7 maravillas naturales del mundo: las cataratas del Iguazú.

A 45 kilómetros de allí, en la zona rural de Wanda, viven Samuel y su novia. Él tiene 29 años, sus antepasados llegaron de lejos para trabajar la tierra.

A los 20 años co-fundó la Cooperativa Integral de Trabajo Wanda para comenzar a producir pollos, frutos y verduras de manera orgánica. En Misiones los cultivos tradicionales son el tabaco y hierba mate.

miércoles, 23 de septiembre de 2020

EXCLUSIVO: ¿Que hace que una cooperativa sea fuerte en una crisis?

Las cooperativas son empresas propiedad de sus miembros que suman todo el poder y capacidad de personas que por sí mismas o por su cuenta podrían lograr poco o nada, y al hacerlo les permiten salir de la pobreza y de la marginación. Dado que la propiedad recae en los miembros de la cooperativa, éstos tienden a ser opuestos a riesgos; asimismo, toda vez que las cooperativas de ahorro y crédito no se conducen por la búsqueda de un lucro o por los intereses de los accionistas, en la práctica no tienden a forzar a las personas a asumir préstamos inapropiados.

Las cooperativas de ahorro y crédito, no se basan en el capital de los mercados para financiarse, sino que son financiados por los depósitos de sus miembros y son fuertes en actividades bancarias al por menor, lo que se caracteriza por una rentabilidad estable y un acceso efectivo a los ahorros y depósitos.

Las cooperativas tienen la limitación de que no pueden acceder a los mercados para obtener dinero fácil de inversionistas, por lo que tienden a retener sus utilidades y tomar menos riesgos. Esta es una de las razones por las cuáles también tienen un criterio de reserva de capital más alto.

Para Giovanni Ferri, de la Universidad de Bari, Italia, hay 3 razones por las cuáles las cooperativas pueden ser benéficas durante una contracción de créditos, en comparación con la banca tradicional: Porque tienden a no frenar el crédito; tienen menores incrementos en las tasas de interés; y son generalmente más estables debido a su capitalización diferente y sus prácticas de préstamo.

En nuestro encuentro con el personal del Banco Central de los Bancos Cooperativos alemanes, DZ Bank, pudimos constatar que la supervisión, vigilancia, capacitación y consultoría que brinda la estructura secundaria de las cooperativas es parte del éxito. En Alemania las cooperativas financieras se pueden agrupar en Federaciones, como el caso de la “Deutsche Genossenschafts- und Raiffeisenverband (DGRV)”, y en México, tanto las Federaciones como las Cooperativas de ahorro y préstamo, se pueden integrar a la Confederación de Cooperativas de Ahorro y Préstamo de México (CONCAMEX).

Al inicio de la LXIV Legislatura, manifesté en la tribuna del Senado de la República que este podría convertirse en el sexenio de la economía social. Es probable que aún no comprendamos, en su justa dimensión, el impacto que tendrá la crisis del COVID-19, pero las proyecciones de organismos internacionales, de entes públicos y privados, perfilan en todo el mundo una crisis económica y desempleo no vistos en los últimos 90 años. El modelo de cooperativas diseñado por Raiffeisen se ha modernizado. Actualmente se ha comenzado a hacer uso de las tecnologías de la información y comunicación para el registro y ejercicio de los derechos de sus miembros.

Las Cooperativas de Ahorro y Préstamo de México representadas por la Concamex están listas para hacer frente a la crisis que enfrenta nuestro país. La historia, la evidencia y la experiencia demuestran la gran labor que han desarrollado durante crisis previas. Es tiempo de reafirmar nuestra confianza en ellas y darles la oportunidad de asumir un rol protagónico que en México les ha sido negado por décadas.

jueves, 25 de junio de 2020

PERÙ: El principio de continuidad en el cargo en las cooperativas

La Ley General de Sociedades (LGS) establece el principio de continuidad en el cargo, según el cual los miembros de un directorio de una sociedad anónima continúan, aunque su período de elección haya vencido.
Carlos Torres Morales
Socio del Estudio Torres y Torres Lara & Asociados.

La Ley General de Cooperativas (LGC) carece de una norma similar para el consejo de administración. ¿Procede la aplicación supletoria del Art. 163 de la Ley General de Sociedades (LGS)? Ante la duplicidad de criterios existentes en registros públicos, el Tribunal Registral adoptó –en su sesión del 17 y 18 de junio del 2018– el acuerdo de Sala Plena de que “no resulta aplicable supletoriamente la parte final del artículo 163 de la Ley general de sociedades al consejo de administración de las cooperativas; es decir, una vez concluido el período de funciones deberá cumplirse con la Ley general de cooperativas y procederse a la renovación por tercios del órgano correspondiente”.

El estado de emergencia impidió a muchas cooperativas celebrar asambleas para renovar el tercio de sus directivos. Ello motivó que el congresista César Combina Salvatierra (APP) presente el proyecto de ley Nº 5265/2020-CR, que permitiría a las cooperativas celebrar sesiones no presenciales (virtuales) a nivel de asamblea general y de consejos y comités, lo cual consideramos acertado. Sin embargo, el mismo proyecto busca “interpretar” que el principio de continuidad en el cargo regulado en la LGS es de aplicación para las cooperativas. No compartimos esta posición, pues no resulta compatible con la renovación por tercios ordenada por la LGC y dicho mecanismo podría ser mal utilizado para mantener a directivos indefinidamente en sus cargos. La continuidad en el cargo busca solucionar un problema de acefalia, que se produciría si el órgano de administración no puede seguir sesionando por el vencimiento del mandato de sus miembros, pero no podemos extender su aplicación al caso de un consejo de administración que sí puede seguir funcionando válidamente con los demás miembros que cuentan con mandato vigente. Los problemas operativos podrán ser solucionados con la facultad de sesionar virtualmente sin que ello implique extender (vía interpretación) el mandato de directivos más allá del plazo por el que fueron elegidos.

En todo caso sería mejor optar por una regulación transitoria, que reconozca la vigencia de poderes de los representantes inscritos en registros públicos, pero no consagrar con carácter permanente un régimen que vulnera la renovación por tercios que caracteriza a las cooperativas.

viernes, 17 de enero de 2020

PERÚ: Programa de Capacitación 2020

El Consejo de Administración y el Comite de Educación tienen la responsabilidad de implementar y diseñar el Programa de Capacitación 2020. Este Programa tiene que ser diseñado en función de las necesidades que presentan las cooperativas. El objetivo del programa es el fortalecimiento de las capacidades de los directivos y principales funcionarios a fin de dirigir la COOPAC con idoneidad.

sábado, 14 de diciembre de 2019

¡FELIZ DÍA DEL COOPERATIVISMO PERUANO!

Resultado de imagen para DIA DEL COOPERATIVISMO PERUANO
El 14 de diciembre los cooperativistas de todo el Perú conmemoran el Día del Cooperativismo Peruano, fecha en la que se cumple el aniversario de la publicación de la primera Ley de Cooperativas Nº15260, mediante decreto supremo Nº 023 del año 1964, aprobado durante el primer gobierno del arquitecto Fernando Belaúnde Terry, norma que reconoce al Cooperativismo como «un sistema eficaz para contribuir al desarrollo económico, al fortalecimiento de la democracia y a la realización de la justicia social».

Las cooperativas fomentan el ahorro en sus diversas modalidades, además de brindar otros servicios financieros a sus socios. Son una opción de apoyo mutuo y solidario, porque agrupan a personas comunes que están al margen del sistema financiero tradicional. Los socios forman un fondo común destinado a otorgar créditos que alivien sus necesidades urgentes o de inversión.

martes, 10 de diciembre de 2019

ARGENTINA: Alberto Fernández dijo que el cooperativismo y la agricultura familiar serán actores centrales

El cooperativismo y la agricultura familiar serán actores centrales
Las medidas a implementar por el flamante mandatario con el objetivo de fortalecer la economía popular incluyen la creación de los Mercados Alimentar, una nueva tarjeta alimentaria y un plan de becas para el primer empleo.

Alberto Fernández anunció en su discurso de asunción que lo primero que hará su gobierno será una reunión de trabajo del Plan Argentina contra el Hambre. El programa, destinado a salir a auxiliar rápidamente a las familias más afectadas por la pobreza, fue diseñado con un criterio que busca dar impulso a la creación de puestos de trabajo en la economía popular. El Presidente, a modo de anticipo, aseguró que “el cooperativismo y la agricultura familiar serán actores centrales en esa política”.